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Nota de Coyuntura

La política exterior de Trump, las primeras decisiones cuestionan…

  • 14 de febrero de 202514 de febrero de 2025

En su segunda administración, Trump busca reordenar el equilibrio global mediante una política unilateral y coercitiva, enfocándose en sus intereses nacionales, con posturas agresivas hacia México y Panamá, pero sin descartar negociaciones estratégicas.

Leer más «La política exterior de Trump, las primeras decisiones cuestionan el orden mundial  y regional« →
Nota de Coyuntura

La política exterior de Trump, las primeras decisiones cuestionan…

  • 14 de febrero de 202514 de febrero de 2025

En su segunda administración, Trump busca reordenar el equilibrio global mediante una política unilateral y coercitiva, enfocándose en sus intereses nacionales, con posturas agresivas hacia México y Panamá, pero sin descartar negociaciones estratégicas.

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Derechos humanos, perdón y cumplimiento de recomendaciones

  • 8 de septiembre de 20238 de septiembre de 2023

En su discurso a la Nación, el 28 de julio, la presidenta del Perú, Dina Boluarte varió a nivel declarativo la posición de su gobierno sobre el Informe que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hizo público, el 23 de enero de 2023. El reporte se elaboró a raíz de los asesinatos y graves violaciones a los derechos humanos producidas durante las protestas sociales, que tuvieron lugar entre el 7 de diciembre del 2022 y el 23 de enero de 2023, especialmente en Puno, Ayacucho y Andahuaylas.

Ell New York Times , el 16 de marzo de 2023 ,  publicó un exhaustivo informe que dio cuenta de una investigación realizada a partir de consultas a expertos y peritos balísticos, entrevistas a testigos y familiares, necropsias y registros de armas. Presentó pruebas documentales, especialmente videos  e informes técnicos, que muestran que en la represión se  “emplearon fusiles de asalto y municiones letales en contra de personas que no estaban armadas y no representaban una amenaza”.

De manera coincidente, la CIDH, Human Rigths Watch, Amnesty International, los relatores de derechos humanos de las Naciones Unidas y la Defensoría del Pueblo, llegaron a la conclusión que la represión hizo un uso ilegítimo y desproporcionado de la fuerza. Murieron 59 personas, incluido un policía que fue agredido por la turba. y resultaron heridas más de 1300 personas. Para los organismos internacionales de derechos humanos la mayoría de estas muertes habrían constituido ejecuciones arbitrarias.

La Comisión Interamericana de Derechos Humnos, el 23 de abril del 2023, presenyú su informe final, titulado”  “La situación de los Derechos Humanos en el Perú”. En su reporte confirma que se habría producido ejecuciones extrajudiciales en un amplio número de casos. Que el Estado incumplió su deber de garantía y que no se estaba llevando a cabo las investigaciones para individualizar a los responsables, conforme a los estándares internacionales exigibles. Indicó asimismo que, en Ayacucho, “al tratarse de múltiples privaciones del derecho a la vida, dadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, (los hechos) podrían calificarse como una masacre”.

La reacción del gobierno peruano fue inmediata. La presidenta Dina Boluarte en un mensaje a la Nación dijo que las acciones policiales y militares se hicieron “siguiendo estándares internacionales” y atribuyo la responsabilidad a terroristas y sectores violentistas, vinculados al narcotráfico y la minería ilegal.

Un alto funcionario del gobierno expresó que el “informe de la CIDH no atribuye responsabilidad penal a título personal a ninguna autoridad del Estado. No estamos ante una sentencia». Expertos en derechos humanos consultados indicaron que esa declaración desconocía el carácter no jurisdiccional de la Comisión de Derechos Humanos, cuyo mandato es señalar la responsabilidad o no responsabilidad del Estado o sus agentes en las violaciones de derechos humanos y que por ende no es una corte penal que establezca responsabilidades individuales a través de sentencias.

La canciller, Cecilia Gervasi, asumió en el exterior la defensa de esa línea de argumentación. En el quincuagésimo tercer período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, expresó que el informe “representa una visión reduccionista que no ha tomado en cuenta la complejidad de la situación y todas sus aristas y tampoco las observaciones que hicimos llegar. Y añadió: “El informe de la CIDH dice que en ese marco se produjeron hechos que podrían constituir violaciones a los derechos humanos que deben ser investigados, junto a otras apreciaciones con las que mi gobierno discrepa”.

Esta linea negacionista  de las violaciones  denunciadas por la CIDH, las Naciones Unidas y los organismos de derechos humanos, ha sido desde el 7 de dicembre la orientación principal de la politica exterior del gobierno y ha concentrado practicamente todos sus esfuerzos.

En su discurso por el aniversario patrio del Perú , el pasado 28 de julio, la presidente Boluarte se refirió a dos cuestiones sustantivas, vinculadas con las muertes producidas en las protestas sociales y la exigencia de no impunidad . Luego de seis meses de producidos los hechos, pidió perdón a los deudos de las víctimas a nombre del Estado. Al mismo tiempo espresó que se allanaba a las investigaciones. En segundo lugar, anunció -en contraposición a las posiciones  adoptadas con anterioridad –  que su gobierno cumpliría las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y que se allanaría a las invstigaciones del Ministerio Público.

Coincidiendo con los anuncios presidenciales, un grupo de 20 miembros de la cámara de representantes de los Estados Unidos, liderados por, Joaquín Castro, miembro del subcomité para Latinoamérica y Sydney Kamlager-Dove representante de California,, ,dirigió, el  27 de julio, tres días antes del discurso presidencial, una carta al Secretari ode Estado Antony Blinken,  expresando  que Estados Unidos «tiene la responsabilidad» de trabajar con los líderes de Perú y su sociedad civil para garantizar que los responsables de esas muertes y de otras violaciones de derechos humanos rindan cuentas ante la Justicia”.

Los legisladores solicitan que el Departamento de Estado ejecute seis acciones inmediatas para  impedir la impunidad y promover el respeto de los derechos humanos, entre ellas una particularmente sensible: “coordinar con el Departamento de Defensa de los Estados Unidos para suspender temporalmente los ejercicios conjuntos o la cooperación con unidades de las fuerzas de seguridad peruanas, presuntamente responsables de violaciones de derechos humanos, así como realizar una investigación sobre si dichas unidades recibieron asistencia de seguridad de parte de los Estados Unidos”.

No obstante que las autoridades peruanas señalan de manera reiterada que las investigaciones están en curso, el grupo de representantes precisan, por otro lado, que ““no ha habido una actualización pública sobre qué evidencia se ha recopilado o quién está siendo investigado y los miembros de la sociedad civil han expresado serias preocupaciones sobre la falta de transparencia y urgencia en el proceso”. Y añaden su preocupación porque  “el Gobierno peruano aún no haya tomado medidas significativas para responsabilizar a los perpetradores de estos abusos”.

Un aspecto significativo de la carta, desde la perspectiva de las relaciones bilaterales, es el hecho que los representantes consideren que los acontecimientos en el Perú tienen un impacto en la diplomacia regional. Pues, si no se aseguran investigaciones prontas e independientes, que individualicen a los responsables, y no se da una solución a la crisis política peruana, “solo exacerbará la inseguridad en la región, alentará a los actores no democráticos y aumentará la migración irregular”.

La comunidad de derechos humanos, Estados y sociedad civil, esperan, por otro lado, que el perdón a nombre del Estado, declarado por la presidenta, sea complementado con medidas inmediatas de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Indispensables para reconstruir la convivencia digna entre todos los peruanos (ILADIR – 3 .08.2023.

NOTA DE COYUNTURA PERÚ: EVOLUCIÓN DEL RÉGIMEN DEL COMERCIO…

  • 22 de noviembre de 202222 de noviembre de 2022

Las medidas comerciales de naturaleza arancelaria o no arancelaria en el marco del comercio de las mercancías, así como medidas relacionadas a los servicios pueden tener efectos de incentivo o de disminución del comercio. En ese mismo sentido, las distintas medidas que aplica un país podrían catalogarse como defensivas o de apertura.

En ese sentido, el ILADIR ha elaborado una lista, con información proveniente de fuentes oficiales (Diario Oficial El Peruano), respecto de la situación de las medidas comerciales adoptadas por el Perú para el mes de agosto 2022.

En lo relativo a las medidas no arancelarias, se ha tomado en consideración la metodología de clasificación de estas medidas, en base al trabajo desarrollado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD por sus siglas en inglés)[1], que las divide en: Importaciones (medidas técnicas, medidas no técnicas); exportaciones (medidas relacionadas a las exportaciones).

País que emite medidaMesEntidadNombre de la medidaNorma que aprueba la medidafecha de publicaciónMedidaTipoClasificaciónDetalleproducto/servicio afectadoPaís afectado/beneficiadoCondición
PerúAgostoMINCETURAprueban el Proceso de selección y designación de los representantes de los dueños consignantes o consignatarios de la carga así como de los representantes de los operadores de comercio exterior como miembros de la Comisión Multisectorial para la Facilitación del Comercio ExteriorRESOLUCION MINISTERIAL N° 204-2022-MINCETUR3/08/2022VariosVariosVariosVariosNinguna
PerúAgostoRREEDecreto Supremo que ratifica el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la Celebración del Quincuagésimo Segundo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea GeneralDECRETO SUPREMO N° 047-2022-RE3/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoCONGRESOLey que modifica el Artículo 20 de la Ley 27688 Ley de Zona Franca y Comercial de TacnaLEY N° 315434/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoMINCETURIncorporan a los administradores o concesionarios de puertos a las empresas de transporte internacional de mercancías por carretera a los agentes de carga internacional a los almacenes aduaneros que prestan servicios públicos: depósitos temporales y aduaneros así como a las líneas navieras y aéreas o sus representantes al MISLORESOLUCION MINISTERIAL N° 205-2022-MINCETUR5/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER  JUDICIALAutorizan realización del II Encuentro Binacional de Puntos Focales para la aplicación del Protocolo de colaboración entre el sistema judicial de Ecuador y Perú para la investigación y judicialización de delitos de trataRESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000078-2022-P-CE-PJ6/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoCONSEJO EJECUTIVO DEL PODER  JUDICIALAutorizan realización del Congreso Internacional El Enfoque de Género en la Administración de Justicia. Avances Retos y Desafíos Para Una Igualdad Real. A 40 años de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000079-2022-P-CE-PJ6/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoMINCETURDejan sin efecto resoluciones en extremo que dispone o ratifica desplazamientos de dos Consejeros Económicos Comerciales a las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior sedes Beijing y Shanghái respectivamente en la República Popular ChinaRESOLUCION MINISTERIAL N° 208-2022-MINCETUR7/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoRREEAcuerdo entre la República del Perú y la República de Chile para Fortalecer la Lucha contra la Trata de Personas el Tráfico Ilícito de Migrantes y los Delitos ConexosCONVENIO INTERNACIONALES11/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoRREEAcuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos relativo a la Celebración del Quincuagésimo Segundo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea GeneralCONVENIO Acuerdo Perú – OEA17/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoRREEConvenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del TrabajoCONVENIO Eliminación de Violencia y Acoso en el Trabajo18/08/2022VariosVariosVariosVariosvariosvariosNinguna
PerúAgostoSUNATModifican el procedimiento general Exportación definitiva DESPA-PG.02 (versión 7)RESOLUCION N° 000171-2022/SUNAT19/08/2022No_ArancelariaExportaciónMedidas_relacionadas_con_exportacionesvariosvariosNinguna
PerúAgostoMIDAGRIEstablecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de semillas de pimiento de origen y procedencia de la República Popular ChinaRESOLUCION DIRECTORAL N° 0017-2022-MIDAGRI-SENASA-DSV20/08/2022No_ArancelariaImportaciónMedidas_técnicasMSFsemillas de pimientoChinaDefensiva
PerúAgostoPRODUCEEstablecen veda reproductiva del recurso merluza en área marítima y dictan otras disposicionesRESOLUCION MINISTERIAL N° 00279-2022-PRODUCE24/08/2022VariosVariosVariosVariosVariosvariosNinguna
PerúAgostoINDECOPIImponen derechos antidumping provisionales de US$ 3.93 por kilogramo sobre las importaciones de tejidos 100% poliéster crudos blancos o teñidos de un solo color de ligamento tafetán con un ancho menor a 1.80 metros de peso unitario entre 80 gr./m2 y 200 gr./m2 cualquiera sea el uso declarado originarios de la República Popular ChinaRESOLUCION N° 190-2022/CDB-INDECOPI25/08/2022No_ArancelariaImportaciónMedidas_no_técnicasProtección del comercio (antidumping, compensatorias, salvaguardias)tejidos 100% poliéster crudos blancos o teñidos de un solo color de ligamento tafetán con un ancho menor a 1.80 metros de peso unitario entre 80 gr./m2 y 200 gr./m2ChinaNinguna

[1] Clasificación Internacional de las Medidas No Arancelarias, UNCTAD, versión 2019: https://unctad.org/system/files/official-document/ditctab2019d5_es.pdf

NOTA DE COYUNTURA PERÚ: EVOLUCIÓN DEL RÉGIMEN DEL COMERCIO…

  • 22 de noviembre de 2022

Las medidas comerciales de naturaleza arancelaria o no arancelaria en el marco del comercio de las mercancías, así como medidas relacionadas a los servicios pueden tener efectos de incentivo o de disminución del comercio. En ese mismo sentido, las distintas medidas que aplica un país podrían catalogarse como defensivas o de apertura.

En ese sentido, el ILADIR ha elaborado una lista, con información proveniente de fuentes oficiales (Diario Oficial El Peruano), respecto de la situación de las medidas comerciales adoptadas por el Perú para el mes de julio 2022.

En lo relativo a las medidas no arancelarias, se ha tomado en consideración la metodología de clasificación de estas medidas, en base al trabajo desarrollado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD por sus siglas en inglés)[1], que las divide en: Importaciones (medidas técnicas, medidas no técnicas); exportaciones (medidas relacionadas a las exportaciones).

País que emite medidaMesEntidadNombre de la medidaNorma que aprueba la medidafecha de publicaciónMedidaTipoClasificaciónDetalleproducto/servicio afectadoPaís afectado/beneficiadoCondición
PerúJulioSUNATAprueban el Procedimiento Específico “Reconocimiento Físico – Extracción y Análisis de Muestras” DESPA-PE.00.03 (Versión 4) y modifican el Procedimiento General “Importación para el Consumo” DESPA-PG.01 (Versión 8)RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000120-2022/SUNAT9/07/2022VariosVariosVariosVariosAprueban el DESPA-PE.00.03 y se modificó el Procedimiento General DESPA-PG.01VariosNinguna
PerúJulioMREDeclaran de interés nacional el ejercicio de la Presidencia del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) durante el año 2024, incluyendo la realización en el Perú de la XXXII Cumbre de Líderes Económicos del Foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2022, 2023 y 2024DECRETO SUPREMO Nº 042-2022-RE11/07/2022VariosVariosVariosVariosSe declara de interés nacional  el ejercicio de la Presidencia del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) durante el año 2024VariosNinguna
PerúJulioSUNATModifican la normativa sobre guías de remisión y designa emisores electrónicosRESOLUCION N° 000123-2022/SUNAT12/07/2022No_ArancelariaImportaciónVariosVariosModifican la normativa sobre guías de remisión y designa emisores electrónicosVariosNinguna
PerúJulioINIAAprueban liberación de nueva variedad de caña de azúcar denominada “INIA 805 – PVF 03-115”RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0102-2022-INIA15/07/2022VariosVariosVariosVarioscaña de azúcarVariosNinguna
PerúJulioMREDecreto Supremo que ratifica el Protocolo que Modifica el Convenio sobre las Infracciones y Ciertos otros Actos cometidos a Bordo de las AeronavesDECRETO SUPREMO Nº 045-2022-RE20/07/2022VariosVariosVariosVariosSe ratifica el Protocolo que Modifica el Convenio sobre las Infracciones y Ciertos otros Actos cometidos a Borde de las AeronavesVariosNinguna
PerúJulioMREDecreto Supremo que ratifica el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, 1986DECRETO SUPREMO Nº 044-2022-RE20/07/2022VariosVariosVariosVariosSe ratifica el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del TrabajoVariosNinguna
PerúJulioCongreso de la RepúblicaLey que establece lineamientos básicos para promover la producción e industrialización de fibra y carne de alpacaLEY Nº 3152523/07/2022VariosVariosVariosVariosfibra y carne de alpacaVariosNinguna
PerúJulioMREDecreto Supremo que ratifica el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de Israel – Ministerio de Defensa Concerniente a Cooperación Industrial en Materia de Defensa e InteriorDECRETO SUPREMO Nº 046-2022-RE23/07/2022VariosVariosVariosVariosSe ratifica el el Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de IsraelIsraelNinguna
PerúJulioPRODUCEEstablecen medidas de conservación a ser aplicadas en la pesquería del atún en cumplimiento de las Resoluciones de la Comisión Interamericana del Atún Tropical – CIATRESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00258-2022-PRODUCE27/07/2022VariosVariosVariosVariosatúnVariosNinguna
PerúJulioMEFAprueban el Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-TEXCO)RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 178-2022-EF/1529/07/2022VariosVariosVariosVariosFondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confecciónVariosNinguna
PerúJulioMREAcuerdo de Servicios aéreos entre la República del Perú y la República de SingapurACUERDO DE SERVICIOS AÉREOS ENTRE PERÚ Y SINGAPUR29/07/2022ServiciosServiciosServiciosservicios aéreosAcuerdo de servicios aéreos entre Perú y SingapurSingapurNinguna
PerúJulioMREConstitución del Centro para los Servicios de Informacion y Asesoramiento sobre la Comercializacion de los Productos Pesqueros en America Latina y el Caribe (INFOPESCA)CONSTITUCION DEL CENTRO PARA LOS SERVICIOS DE INFORMACION Y ASESORAMIENTO SOBRE LA COMERCIALIZACION DE LOS PRODUCTOS PESQUEROS EN AMERICA LATINA Y EL CARIBE (INFOPESCA)29/07/2022VariosVariosVariosVariosVariosVariosNinguna
PerúJulioMREEntrada en vigor del “Acuerdo de Servicios Aéreos entre la República del Perú y la República de Singapur”Entrada en vigor del “Acuerdo de Servicios Aéreos entre la República del Perú y la República de Singapur”29/07/2022ServiciosServiciosServiciosservicios aéreosAcuerdo de servicios aéreos entre Perú y SingapurSingapurNinguna
PerúJulioMREEntrada en vigor de la “Constitución del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe (INFOPESCA)”Entrada en vigor de la “Constitución del Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe (INFOPESCA)”29/07/2022VariosVariosVariosVariosVariosVariosNinguna

[1] Clasificación Internacional de las Medidas No Arancelarias, UNCTAD, versión 2019: https://unctad.org/system/files/official-document/ditctab2019d5_es.pdf

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