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Portada » Área de Acción » Comunidades peruanas en el exterior

  • 29 de mayo de 20202 de junio de 2020

La protección de las comunidades peruanas en el exterior es un mandato constitucional. Al igual que los servicios que está obligado el Estado a brindarles a través de los consulados de la República.

El Cónsul no es una autoridad de gobierno. Es un servidor público. Los servicios consulares, administativos, de registros civiles y notariales, deben brindarse bajo los principios de igualdad, no discriminación, legalidad, honestidad, inmediatez y pritección. Los Consejos de Consulta, son instancias de la socieda civil oranizada, reconocidos por la ley, autónomos, que concurren con los cónsules a la eficacia de los servicios consulares.

La expatriación de nacionales varados en el extranjero a causa de la emergencia de la pandemia del COVID 19.

 Cerradas las fronteras terrestres y aeropuertos, como medidas necesarias e imperativas para combatir la epidemia del COVI 19, miles de peruanos quedaron varados en el exterior. Sin poder regresar al país. y clausurados los vuelos comerciales. Turistas, trabajadores temporales, estudiantes en cursos de corta duración.  Una situación que ha afectado a todos los países del mundo que han adoptado medidas de confinamiento y distanciamiento social. Las respuestas de cada Estado difieren en s envergadura, costos y alcance. Los países industrializados y algunos latinoamericanos realizaron la repatriación a través de vuelos oficiales utilizando aviones militares o de las líneas nacionales de aviación comercial.  El gobierno peruano optó por autorizar – selectivamente- el retorno de sus connacionales a través de acuerdos con los países extranjeros que enviaron aviones para recoger a sus propios nacionales.  Este procedimiento se ha dado especialmente con los países europeos y limítrofes.

La repatriación de los nacionales varados en Estados Unidos y América del Norte, se ha hecho y viene haciendo especialmente a través de acuerdos con empresas de turismo o chárter, que han fletado aviones. En un número considerable de casos el costo del pasaje ha sido compartido por el Estado, aproximadamente con un tercio. Y en casos extremos con una suma mayor. 

Mientras se resolvía la repatriación, cientos quedaron sin posibilidad económica para el pago de hoteles y alimentación. Para atender esos casos, la Cancillería dispuso partidas presupuestales especiales para que el Estado cubra esos gatos de emergencia humanitaria.

Para procesar y organizar el retorno, de manera temprano se habilitó una pagina web para que los peruanos y peruanas que requerían el retorno se inscribe, detallando su situación.  Lamentablemente el formulario de registro no es lo suficientemente explicito. Ni la web contiene explicaciones ni criterios que orienten a los usuarios sobre los detalles de las políticas de repatriación y asistencia humanitaria. Quizás por esta razón el número de registros ascendió a 20,0000 solicitudes. Posteriormente ajustadas a cerca de 17,000.

El gobierno no ha explicado la razón por la que, en uso de las competencias jurisdiccionales de excepción, que, en casos de emergencia nacional, la Constitución y la ley le confiere no habilitó una pista del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, para los vuelos de emergencia humanitaria de recojo de ciudadanos extranjeros a su país de origen y  de  repatriación de los peruanos en el exterior. La empresa concesionaria está obligada a catar estas disposiciones. En su lugar se dispuso la pista del Grupo 8 de la aviación militar, poco apto para un flujo de vuelos de esta naturaleza. Esta situación creo dificultades administrativas y operacionales, que muchos de los gobiernos extranjeros involucrados resintieron. 

En términos generales las medidas dispuestas por el gobierno están dentro de la sensibilidad y eficacia de los estándares internacionales. Pero han adolecido y adolecen de una falta de información, clara, oportuna, generalizada e inmediata.   Se han utilizado casi exclusivamente los canales rutinarios de informaciones, páginas web estandarizadas de los consulados y comunicados oficiales. No se creó una pagina web especial para la emergencia, que centralice y divulgue un espectro amplio de información. Ello y la burocracia administrativa genero en muchos casos malestar y preocupación en los usuarios del sistema y también en gobiernos extranjeros. Aun se está a tiempo para mejorar estos aspectos.

Llamó la atención, asimismo, algunas disposiciones algo extravagantes, como aquella que solicitó a los peruanos en el exterior que hospeden en sus casas a los connacionales que no podían regresar al Perú por decisión de la correcta política sanitaria del gobierno. Los varados. Lo que evidentemente además de aparejar problemas relativos a la diseminación de eventuales contagios, desconocía la situación socio económica de la mayoría de la inmigración peruana. Suponía además trasladar una obligación del Estado a los presupuestos y vida cotidiana de una población vulnerable.  Esta singular disposición fue desactivada oportunamente.

La falta de un sistema de gestión excepcional digital y administrativo y la carencia de flujos de información en su claridad y contenido acordes con la emergencia nacional, han sido compensados sin embargo por la actitud de compromiso y solidaridad de los cónsules y funcionarios consulares, que en el exterior se han n entregado a una actitud de servicio público encomiable.  La atención sanitaria a los repatriados en Lima para que pasen la cuarentena con seguridad y distanciamiento social, en hoteles especialmente habilitados, funciona a satisfacción plena de los repatriados. (Redacción ILADIR / área Comunidades peruanas en el exterior)

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